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Perros

Tenencia de Animales

La Ordenanza Municipal sobre animales de compañía tiene como objetivo la regulación municipal de la tenencia de animales de compañía y su protección en su convivencia humana.

La tenencia de un animal de compañía implica una responsabilidad, por lo que su protección, cuidados v vigilancia dependen de ti.

Deberás mantenerlos en buenas condiciones higiénico-sanitarias, procurándoles instalaciones adecuadas para su cobijo, proporcionarles alimentación y bebida, dándoles la oportunidad de ejercicio físico, y atenderles de acuerdo a sus necesidades fisiológicas y etiológicas en función de especie y raza. Asimismo deberán realizar los tratamientos preventivos declarados obligatorios (Articulo 3.2 de la Ordenanza Municipal)

Está prohibido maltratar, agredir y practicar mutilizaciones a los animales de compañía, salvo las realizadas por veterinarios, con fines sanitarios o de mantenimiento de las características propias de la raza, así como cualquier otro acto de daño o padecimiento injustificado. Asimismo queda prohibido el abandono, mantenerlos en instalaciones inadecuadas o permanentemente atados o inmovilizados, la venta ambulante; y su utilización en espectáculos, peleas y otras actividades que puedan ocasionarles sufrimientos (Articulo 5 de la Ordenanza Municipal)

Si tu animal de compañía es un perro considerado de raza potencialmente agresiva.

 

 

Deberás solicitar una Autorización Municipal para su tenencia cuya documentación será la exigida en el artículo 17 de la Ordenanza Municipal, y recuerda que obligatoriamente deben ir sujetos por correa y provistos de bozal en la vía y espacios públicos; y anualmente debe de realizarse una revisión veterinaria.

CENSADO DE PERROS

Los propietarios o poseedores de perros estarán obligados a censarlos en los servicios de la Sanidad Municipal, y a proveerse de la correspondiente Cartilla Sanitaria para Animales de Compañía, cuyo titular será siempre una persona mayor de edad, en el plazo máximo de tres meses desde su nacimiento, un mes desde su adquisición o cuando, estando censados en otro municipio, permanezcan durante un período superior a la mitad de un año en el de Zamora (Articulo 12.1 de la Ordenanza Municipal)

Se establece como sistema de identificación obligatorio para todos los perros, en edad de ser censados, la implantación de microchip, siendo obligatoria su comunicación al Servicio de Sanidad Municipal, en el plazo de diez días desde su implantación (Articulo 11.1 de la Ordenanza Municipal)

Recuerda que el poseedor de un animal deberá adoptar las medidas necesarias para impedir que queden depositados los excrementos en las vías y espacios públicos, a excepción de los expresamente señalados por el Ayuntamiento (Articulo 6 de la Ordenanza Municipal)

RECOGIDA DE EXCREMENTOS CANINOS

Los excrementos caninos depositados en la vía pública constituyen hoy en día un grave problema. Su presencia en nuestras calles, además de dificultar la prestación de unos servicios de limpieza viaria de calidad, representa un riesgo importante para la integridad física de los ciudadanos, ya que pueden ocasionar deslizamientos y caídas, constituyendo además un peligro potencial de contagio de enfermedades graves, especialmente para los más pequeños que en sus juegos entran fácilmente en contacto con los pavimentos de calles, plazas y parques infantiles.

A fin de dar solución a este problema, el Ayuntamiento de Zamora, a través de la Concejalía de Sanidad y Salud Pública facilita una serie de medios para que los propietarios de perros colaboren con la recogida de excrementos para eliminarlos de las calles, parques y zonas verdes de nuestra ciudad y en cumplimiento a la Ordenanza Municipal de Animales de Compañía en su art. 6: " El poseedor de un animal deberá adoptar las medidas necesarias para impedir que queden depositados los excrementos en las vías y espacios públicos, a excepción de los expresamente señalados por el Ayuntamiento", además en el art. 20.2 se concreta que "se prohíbe la presencia de perros en el interior de zonas ajardinadas, y parques infantiles . Estas medidas no serán exigibles en las zonas que se habiliten al efecto, salvo por razones sanitarias o de peligrosidad". Según la Ordenanza, se considerará infracción leve "la no recogida inmediata de los excrementos evacuados por un animal"

Los principales sistemas son:

Entrega gratuita de bolsas especiales para facilitar la recogida de excrementos caninos, que se facilitan en la Concejalía de Sanidad y Salud Pública sita en C/. San Pablo n° 2.
Evacuatorios caninos, recintos especiales vallados y con una puerta de acceso, en los que los perros podrán hacer sus deposiciones, siendo su retirada por parte del servicio de limpieza municipal así como el mantenimiento de los evacuatorios de la siguiente forma:

- Limpieza diaria
- Desinfección una vez por semana
- Cambio de arena una vez al trimestre

Los evacuatorios caninos están ubicados en los siguientes puntos de la ciudad:

Parque de Eduardo Barrón
Parque de León Felipe
Parque de San Martín de Abajo
Parque de las Viñas
Jardín de los Tres Árboles, próximo al puente de la Autovía
Jardín de la Plaza de Santa Elena, próximo a la Plaza de Toros
Jardín de la Calle Peñausende
Jardín de la Avenida Príncipe de Asturias, próximo a la Universidad Laboral
Jardín de la Calle Parada del Molino, en las Vistillas.

Esta iniciativa, se complementará con la instalación de Dispensadores de bolsas sanitarias y papeleras recolectoras de excrementos caninos. Estos dispensadores de bolsas especiales son gratuitos y sirven para el control de heces de las mascotas, ya que permiten a sus dueños recoger en la bolsa los desechos y arrojarlos luego a las papeleras.
Los dispensadores se colocarán en lugares estratégicos del municipio tales como:
 

Parque de la Marina
Pz. Del Maestro
Pz. Del Cuartel Viejo
Parque Eduardo Barrón
Pz. San Martín
C/ Alfonso Peña
Pz. De la Horta
Pz. San Sebastián
C/Guardia Civil
Av. Cardenal Cisneros
Av. del Mengue
Cl Villalpando
C/ Libertad.

Cuesta de la Morana
Paseo Nuestra Señora Mercedes
Pz. Villardeciervos
C/ Peña Trevinca
C/Los Pisones
Parque Mola.
C/ Mediodía
Av. Cardenal Cisneros
Av. Reyes Católicos
C/Entrepuentes
Av. Nazareno de San Frontis
Paseo de los Tres Árboles.


Finalmente agradecer de antemano su colaboración para que el esfuerzo del Ayuntamiento de Zamora en poner al alcance del ciudadano los medios necesarios sea un compromiso de todos, siendo el civismo individual la clave para hacer más fácil la convivencia ciudadana y así demostrar la solidaridad para que las ciudades estén cada día más limpias y más habitables.

 



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