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Ordenanza de movilidad amable y zonas de bajas emisiones

11/04/2022

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Excmo. Ayuntamiento de Zamora somete a consulta pública la iniciativa de elaboración de la Ordenanza Municipal Reguladora de Movilidad Amable, Utilización de los Espacios Públicos y Zonas de Bajas Emisiones de la Ciudad de Zamora

La aprobación de la ordenanza responde a la necesidad de reforzar la dimensión medioambiental de la movilidad, el establecimiento de zonas de bajas emisiones, reforzar la seguridad vial, regular la utilización de vehículos de movilidad personal (VMP), así como modernizar la normativa municipal en materia de movilidad urbana.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en esta consulta pública (véase la memoria adjunta), en el plazo de veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación a través del portal web de la Administración, mediante su presentación en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Ordenanaza Movilidad Amable y Zonas de Bajas Emisiones. Anuncio. 11.04.2022
Ordenanaza Movilidad Amable y Zonas de Bajas Emisiones. Anuncio. 11.04.2022.pdf
Ordenanaza Movilidad Amable y Zonas de Bajas Emisiones. Memoria. 11.04.2022
Ordenanaza Movilidad Amable y Zonas de Bajas Emisiones. Memoria. 11.04.2022.pdf


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