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Relan-Za 1. Subvenciones autónomos


Convocatoria Relanza
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Modificación Relanza
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Modificación segunda Relanza
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Incluidos los autónomos relacionados con la salud, artes gráficas, publicidad y albañilería

Los autónomos que se dedican a actividades profesionales relacionadas con la salud, como estomatólogos, odontólogos, protésicos e higienistas dentales, ópticos, podólogos, masajistas o auxiliares de enfermería, así como los profesionales de las artes gráfias, la publicidad y relaciones públicas, o la albañilería, también podrán beneficierse de las ayudas establecidas por el Ayuntamiento en los programas RelaZa 1 y RelanZa 2 para los autónomos, en base a una nueva modificación de las Bases que regulan estas ayudas. El alcalde ha firmado hoy el Decreto por el que se amplían, por segunda vez, los epígrafes de colectivos profesionales que podrán beneficiarse las ayudas municipales para contribuir a paliar las perdidas económicas sufridas por los autónomos que se han visto obligados a cerrar sus negocios debido a la declaración del estado de alarma, o han visto reducida su facturación a la mitad.

Puedes consultar las bases en el siguiente apartado: http://www.zamora.es/contenidos.aspx?id=32096

 

Inclusión de nuevos epígrafes en las ayudas en programa Relan-Za

El BOP de 15 de mayo de 2020 publica la modificación de las Bases del programa Relan-Za, por la que se incrementan en 15 el número de actividades profesionales o epígrafes de autónomos que tendrán derecho a las ayudas de 500 o 300 euros por el cese o merma actividad; y consecuentemente también a las ayudas al alquiler del local. Con esta modificación se suman a la amplia relación de profesionales y autónomos que pueden acogerse a estas ayudas los Técnicos de Sonido, Técnicos de Iluminación, Joyería y Bisutería, Agentes Comerciales, Galerías de Arte, Servicios de Hospedaje (excepto hoteles y moteles), Agencias de Viaje, Detectives privados y Servicios de vigilancia, protección y seguridad; Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas, y Sociales, Psicólogos, Antropólogos, Historiadores y similares; Profesionales de la enseñanza; Alquiler de otros bienes muebles n.c.o.p (sin personal permanente); Expendedores de loterías distintas a las de Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado; Educación e Investigación; Otros establecimientos sanitarios, balnearios y baños de agua dulce y de mar; y Espectáculos (excepto cines, deportes y espectáculos taurinos). Esta modificación conlleva la adaptación de tres perfiles anteriores incluidos en los nuevos epígrafes, como el servicio al público de agencias de viajes, incluido en el de Agencias de Viaje en general; o enseñanza no reglada y otras actividades de enseñanza, que se incluyen en la más genérica de Educación e Investigación.

La modificación incluye además otras novedades importantes que flexibilizan los requisitos exigidos a los beneficiarios, como es la disminución del periodo mínimo obligatorio que estarán obligados a mantener la actividad empresarial desde la concesión de la subvención, que se reduce de seis a dos meses; y lo relativo al ámbito del asentamiento del negocio y desarrollo de la actividad que en las Bases actuales figura que “el domicilio fiscal y en su caso el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de Zamora”, mientras que con esta modificación se exige solamente que “el desarrollo de la actividad se efectúe en el término municipal de Zamora”.

Puedes consultar las bases en el siguiente apartado: http://www.zamora.es/contenidos.aspx?id=32096

 

Ayudas a los autónomos establecidas por el Ayuntamiento en el programa Relan-Za

Los trabajadores y empresarios autónomos de la ciudad afectados por la crisis del covid-19 y la declaración de estado de alarma podrán presentar sus solicitudes para acogerse a las ayudas municipales del Programa RELAN-ZA, con el que se pretende contribuir a paliar los efectos de la crisis en estos profesionales. El Ayuntamiento destina inicialmente un millón de euros para la concesión de estas subvenciones, con una cuantía de 500 euros en el caso de que se hayan visto abocados al cierre temporal de su establecimiento o actividad a causa de la declaración del estado de alarma, y de 300 euros para aquellos que hayan visto reducida su facturación a la mitad. El fondo de un millón de euros destinado a la concesión de estas ayudas fue aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el pasado lunes, pero esta cantidad podrá incrementarse en el caso de que se agotara sin haber podido atender todas las solicitudes presentadas que tuvieran derecho a la subvención.

Una vez publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, las Bases pueden consultarse en la sección de la Oficina Municipal de Desarrolló de la web del Ayuntamiento: http://www.zamora.es/contenidos.aspx?id=32096. El plazo para la presentación de las solicitudes es de 45 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación en el BOP, y deberán realizarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento: http://zamora.sedectronica.es, en procedimiento habilitado para tal fin en el apartado de “Destacados” de la Sede Electrónica. No obstante este plazo de 45 días podrá también ser ampliado por la Alcaldía en el caso de que el Gobierno retrasara el levantamiento del estado de alarma o lo modulara por actividades.

El programa RELAN-ZA propuesto por el Ayuntamiento y dotado inicialmente con un millón de euros, fue aprobado el pasado lunes en el Pleno municipal por unanimidad de todos los grupos políticos, con el propósito de contribuir a paliar el inevitable daño causado por la pandemia en el sector del Comercio, la Hostelería, la Cultura, la Venta Ambulante y otros. El objetivo es el de impulsar la actividad económica en el término municipal de Zamora, otorgando liquidez a determinadas empresas del municipio, para contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, al mantenimiento de la actividad y el empleo, y también a amortiguar la reducción drástica de ingresos. A través de estas ayudas se pretende dar un soporte económico a las personas autónomas de los sectores afectados por el cierre de sus establecimientos o la merma de su actividad para minimizar el impacto producido por la crisis económica provocada por el covid-19 y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible una reactivación de la economía del municipio de Zamora.

Podrán beneficiarse de estas ayudas los profesionales autónomos de los sectores del Comercio, la Hostelería, la Cultura, la Venta Ambulante y otros sectores afines cuya relación aparece detallada por epígrafes económicos en las Bases de la convocatoria, que se hallan disponibles en la página web del Ayuntamiento. Se concederá una única ayuda por autónomo solicitante con independencia de que pueda estar dado de alta en más de un epígrafe del IAE y su domicilio fiscal y en su caso el local donde desarrolla su actividad deberá estar radicado en el término municipal de Zamora.

Estas ayudas serán además compatibles con la percepción de otras subvenciones procedentes de cualquier otra Administración Pública o institución privada; si bien en ningún caso el importe del conjunto de las ayudas percibidas podrá superar la merma de ingresos de la actividad como consecuencia de la crisis provocada por el coronavirus.



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