Transmisión de las Actividades o Instalaciones
TRANSMISIÓN DE LAS ACTIVIDADES O INSTALACIONES
1.- OBJETO
Cuando se transmitan actividades o instalaciones sujetas a licencia ambiental o comunicación ambiental, será precisa la comunicación de dicha transmisión al Ayuntamiento.
Si se produce la transmisión sin efectuar la correspondiente comunicación, el anterior y el nuevo titular quedarán sujetos, de forma solidaria, a todas las responsabilidades y obligaciones derivadas del incumplimiento de dicha obligación.
Una vez producida la transmisión, el nuevo titular se subrogará en los derechos, obligaciones y responsabilidades del anterior titular. No obstante, el anterior y el nuevo titular responderán solidariamente respecto de las obligaciones y responsabilidades preexistentes en la transmisión.
2.- DOCUMENTACIÓN.
- Impreso de comunicación de la transmisión de la actividad o instalación sujeta a licencia ambiental o comunicación ambiental suscrito por el anterior y el nuevo titular. Pincha aquí MODELO
- Caso de no ser posible la firma del anterior titular por resultar desconocido o ilocalizable, documento que acredite la transmisión operada.
- Acreditación del pago de la Tasa correspondiente.
- En el caso de actividades sujetas a la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Castilla y León, justificación de haber suscrito el seguro de responsabilidad civil a que se refiere el art. 6 de la referida norma.
3.- NORMATIVA APLICABLE.
- Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León de 12 de noviembre de 2015.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley de Espectáculos y Actividades Recreativas de Castilla y León de 2 de octubre de 2006.
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