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Subvención Programa de Garantia Juvenil

Subvención Programa de Garantía Juvenil

Vista la Orden EMP7954/2017, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a la contratación temporal de jóvenes inscritos como beneficiarios en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, por Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales de la Comunidad de Castilla  y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Vista la Resolución de 10 de noviembre de 2017 del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a la contratación temporal de jóvenes inscritos como beneficiarios en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, por Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales de la Comunidad de Castilla  y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Vista la Resolución de fecha 4 de diciembre de 2017, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se concede al Ayuntamiento de Zamora una subvención por importe de 100.000,00€ destinada a la contratación temporal de jóvenes inscritos como beneficiarios en sistema nacional de Garantía Juvenil, para la realización de obras y servicios de interés general y social en 2017.

Visto que, como respuesta a la Recomendación del Consejo Europeo, relativa a la implantación de la Garantía Juvenil, el Gobierno de España presentó a la Comisión Europea el Plan Nacional de Garantía Juvenil, que se encuentra alineado con la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, y que recoge un catálogo común de actuaciones con el objetivo de reducir el desempleo juvenil. Visto que ha sido puesto en marcha un Programa Operativo de Empleo Juvenil, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, cuyas actuaciones van dirigidas a los jóvenes que no se encuentren empleados, ni participen en actividades de educación ni formación, con independencia de su nivel de formación, los cuales deberán estar identificados en la base de datos del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en España.

Visto que en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León se ha acordado, con los agentes económicos y sociales más representativos, el día 27 de enero de 2016, la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016-2020, con la finalidad de mejorar el nivel de ocupación y de reducir el desempleo, favoreciendo la empleabilidad de los colectivos más afectados por el desempleo, especialmente de los jóvenes.

Visto que el Plan Anual de Políticas de Empleo de Castilla y León 2017, da prioridad al Plan de Empleo Joven y se focaliza parte del Plan de Empleo Local a la contratación de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, propiciando su acceso a una primera experiencia laboral en las mismas condiciones establecidas con carácter general en el resto de las líneas, promoviendo la contratación de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por parte de municipios de más de 20.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales de Castilla y León, estando estas subvenciones cofinanciadas por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil e incluidas en la Prioridad de Inversión 8.2., Objetivo Específico 8.2.4.4, cuya finalidad es aumentar la contratación de carácter indefinido de las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, a través de la intermediación y de los incentivos económicos. Dentro del Programa Operativo, esta actuación se encuadra en la Categoría de intervención 103.

 

Visto el especial colectivo al que van dirigidas la citadas ayudas económicas y el objetivo de reducción del desempleo juvenil al amparo del Programa Operativo de Empleo Juvenil, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, puesto en marcha por la Administración Central y de acuerdo con las previsiones de la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016-2020, con la finalidad de mejorar el nivel de ocupación y de reducir el desempleo, favoreciendo la empleabilidad de los colectivos más afectados por el desempleo, especialmente los jóvenes.

 Visto que desde esta Ayuntamiento se pretende avanzar en la transformación de la Administración, hacia el desarrollo gradual de la Administración Digital, dando estricto cumplimiento a las previsiones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Publicas.

Visto que estas ayudas están destinadas a  mejorar la empleabilidad y la contratación de carácter indefinido de las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, que desde el punto de vista de la Administración autonómica constituyen el desarrollo de la competencia de fomento del empleo, y que desde la perspectiva local pasan a ser competencias propias locales en tanto en cuanto los recursos humanos que se contraten se van a destinar a la mejora de los servicios públicos locales, a los efectos de la aplicación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Se ha procedido a la contratación de 1 Licenciado en Derecho, 1 Diseñador Grafico y 8 Auxiliares a fin de avanzar en la transformación de la Administración, hacia el desarrollo gradual de la Administración Digital, dando estricto cumplimiento a las previsiones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Publicas mediante la realización, entre otras, de las siguientes actuaciones: Creación del Catálogo de Procedimientos del Ayuntamiento de Zamora, Adecuación de los Metadatos de los Procedimientos para la plena Interoperabilidad con las Herramientas del Estado, Automatización de los Expedientes Electrónicos, Visibilidad de los Expedientes Electrónicos en Sede Electrónica, Actuaciones en materia de transparencia, art 8 de la Ley 19/2013, Información económica, presupuestaria y estadística, Transformación del Registro Electrónico en Registros Electrónicos de Asistencia al Ciudadano, interoperabilidad con la Plataforma de Contratación del Estado y el Programa de Valoración y funcionamiento de los Servicios Sociales de la Junta de Castilla y Léón.

LAS CONTRATACIONES DE JÓVENES INSCRITOS COMO BENEFICIARIOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL, EFECTUADAS POR ESTA ENTIDAD BENEFICIARIA,HAN SIDO FORMALIZADAS AL AMPARO DE LA ORDENEMP/954/2017, DE 27 DE OCTUBRE, POR LAS QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES, COFINANCIADAS POR EL F.S.E, DIRIGIDAS A AYUNTAMIENTOS DE MÁS DE 20.000 HABITANTES Y LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE JÓVENES INSCRITOS COMO BENEFICIARIOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL, CON CARGO AL PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO JUVENIL

 



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