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Solicitud de Cesión de un Local Municipal

Descripción:

  • Cesión en precario de un local de propiedad municipal para desarrollo de actividades que redunden en beneficio de la ciudadanía.

Documentación a Aportar:

  • Solicitud o instancia normalizada en la que consten los datos de la asociación solicitante, la finalidad de la cesión, así como copia de los Estatutos y, en su caso, de la inscripción en Registros de Administraciones Públicas, así como la definición de fines a prestar.  

Lugar:

1. Presencial

  • Registro General del Ayuntamiento.  

2. Telemático

* Instrucciones para la Tramitación Electrónica

Solicitante:

Asociaciones, Entidades o Instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, para fines de interés general.  
Normativa: Art. 72 de la Ley de Bases de Régimen Local y las Normas de carácter general o cláusulas tipo para las cesiones de uso, a precario, de bienes inmuebles patrimoniales (locales), aprobadas por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el veintiocho de diciembre de dos mil dieciséis, que son las siguientes:

          "PRIMERA.- El Excmo. Ayuntamiento de Zamora cede, a precario, el uso del local de su titularidad, sito en C/ ………….., de ……………… m2 de superficie, a la Asociación “……………….”, representada por D. ………………………, en su calidad de Presidente de la misma, para la realización de actividades …….

          SEGUNDA.- Sin perjuicio de su utilización por la Asociación “…………………………...”, el Ayuntamiento puede, en todo caso, destinar el local de referencia a cualquier servicio público que considere conveniente, e incluso suprimir el uso por la misma si se creyera más conveniente destinarlo a un servicio público prioritario, o por cualquier otro motivo de interés público prevalente. Igualmente podrá establecerse un uso compartido del local con otras asociaciones, con definición de horarios de uso de la instalación, cuando el interés general así lo indique, así como la determinación de los gastos de conservación, mantenimiento y uso propio del local, que corresponderá a cada asociación.

          TERCERA.- El local habrá de ser destinado única y exclusivamente a las actividades propias de la Asociación “…………………….” y quedará libre y expedito a disposición del Ayuntamiento en el plazo de TRES (3) MESES desde que reciban la notificación de la resolución de la corporación requiriendo a la Asociación usuaria en este sentido, y sin que ésta tenga derecho a percibir indemnización alguna por tal circunstancia. En todo caso se producirá la reversión  del local a este Excmo. Ayuntamiento, en el supuesto de que  el cesionario destine el local a usos incompatibles con la finalidad que motivó la cesión o realice cambios de uso no autorizados previamente por esta Institución Local.

          CUARTA.- La Asociación “…………….……..”, vendrá obligada a conservar el local en perfectas condiciones, asumiendo a su costa las reparaciones ordinarias necesarias que se deban realizar como consecuencia del uso habitual del mismo,  debiendo solicitar de este Excmo. Ayuntamiento autorización para cualquier reforma que pretenda realizar, aunque ello suponga una importante mejora. Asimismo, la Asociación “…………………….…..” queda obligada a satisfacer los gastos propios del uso del local, tales como el agua, electricidad, teléfono, limpieza, etc., así como los de Comunidad de vecinos, en su caso (los de comunidad que correspondan a la cuota de participación del local, por estar ubicado en un edificio sujeto al régimen de propiedad horizontal).

           QUINTA.- La Asociación “…………………..…” por razón de su actividad no queda en relación de dependencia respecto de este Excmo. Ayuntamiento, ni éste presta conformidad o aquiescencia alguna, por lo que no se hace responsable ni directa, ni subsidiariamente de los daños, tanto materiales como personales o morales que, por acción u omisión de cualquier clase, puedan producirse dentro del recinto del local. En consecuencia, la citada Asociación deberá, con carácter previo al uso del local, suscribir póliza de seguro de responsabilidad civil, que cubra, frente a terceros, los daños y perjuicios que puedan derivarse de la realización de sus actividades y la utilización del local. Igualmente deberá comunicar con carácter inmediato cualquier incidencia que se produzca sobre el inmueble municipal con motivo de la actividad en él desarrollada o por cualquier otra causa, y que afecte a su estado de conservación actual.

          SEXTA.- La Asociación usuaria deberá obtener las licencias, permisos y autorizaciones necesarias de los Organismos competentes, para el desarrollo de sus actividades.

          SÉPTIMA.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones o prescripciones anteriores asumidas por la Asociación usuaria, dará lugar a la resolución de la cesión a precario del local de propiedad municipal, sito en la C/ ………………..

          OCTAVA.- El contrato de cesión de uso del local objeto del mismo, tendrá una duración máxima de DIEZ (10) AÑOS, salvo que alguna de las partes manifieste expresamente su deseo de resolución, notificándolo a la otra parte con TRES (3) MESES de antelación. No obstante, por la naturaleza del mismo, si la resolución parte del Excmo. Ayuntamiento, la Asociación precarista no tendrá derecho a indemnización alguna por tal circunstancia.

          NOVENA.- En caso de que alguna de las partes desee formalizar el presente documento mediante su elevación a escritura pública, ésta asumirá íntegramente los gastos de dicha formalización. "

 

Modo de contacto:

  • Tlf. 980 54 87 00 Ext. 330 a 334 
  • patrimonio@zamora.es

Instancia general
instancia_general---------18.pdf


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